Candidato fue absuelto por la Corte Suprema |
Efe-Azángaro
El Supremo Tribunal de la Primera Sala Penal Transitoria al no contar medios probatorios idóneos que permitan fundamentar la responsabilidad penal de los procesados, y al no acreditarse el elemento subjetivo propio del tipo penal analizado, corresponde modificar la sentencia recurrida, al no existir pruebas suficientes en su contra que los vincule con el ilícito penal atribuido decidió absolver a los procesados en el expediente penal 183-2015.
El Supremo Tribunal de la Primera Sala Penal Transitoria al no contar medios probatorios idóneos que permitan fundamentar la responsabilidad penal de los procesados, y al no acreditarse el elemento subjetivo propio del tipo penal analizado, corresponde modificar la sentencia recurrida, al no existir pruebas suficientes en su contra que los vincule con el ilícito penal atribuido decidió absolver a los procesados en el expediente penal 183-2015.
Como
se sabe en este caso estaban comprendidos los procesados Percy Choque Ramos,
Rubén Segundo Inofuente Masco, Martha Salomé Condori Soncco, Oscar Gallegos
Gallegos, Jhon Wilfredo Martínez Molina, Germán Quispe Mamani, Pedro Pablo
Layme Cutipa, Rolando Guzmán Muchica, Flavio Jesús Mamani Hancco, Arturo
Leoncio Cotacallapa Marín, Leona María Machaca Yana, Willie Carlos Pariapaza
Idme, Jesús Manuel Aquino Cutipa, Aurelio Y Francisco Álvarez Gallegos.
Finalmente
los vocales supremos: Lecaros Cornejo, Barrios Alvarado, Príncipe Trujillo,
Chaves Zapater, Calderón Castillo mandaron se archive definitivamente lo
actuado en el presente proceso penal, y ordenaron se anulen los antecedentes
policiales y judiciales que se hayan generado a raíz del proceso penal.
Con
este falló el candidato a la municipalidad provincial de Azángaro Flavio
Jesús Mamani Hanco queda absuelto y con
respecto a su participación en la contienda electoral no cabe duda que de ganar
la elecciones será alcalde sin problemas de vacancia como se estaba especulando
antes de la emisión de la ejecutoria.